La Justicia no abrirá la feria para tratar los amparos contra la reforma previsional, soslayando los derechos de todos los jubilados.

Dos jueces de La Plata y uno de Mar del Plata adelantaron que no abrirán la feria judicial para tratar los amparos colectivos presentados para declarar la inconstitucionalidad de la ley al considerar "la presente acción produciría efectos a partir de marzo del corriente año 2018, no se advierte que se verían vulnerados en lo inmediato los derechos de quienes promueven la acción". Con los cual, para estos jueces el estancamiento de los sueldos de los adultos mayores arrojando la grave pérdida en su poder de compra de insumos medicinales y alimenticios no son considerados derechos vulnerados. Que monto recibieron de coima para fraguar la ley de esta forma?

La Justicia le dio un respaldo al Gobierno nacional que reclamó mediante la ANSES que todos los amparos presentados en la Justicia contra la reforma previsional sean unificados en el juzgado a cargo del subrogante Fernando Strasser para evitar una catarata de juicios en medio de la feria judicial.

Por el momento todas las demandas quedaron congeladas. Dos jueces federales de La Plata y de Mar del Plata consideraron que no había peligro de demora para diferir el tratamiento de las objeciones a la ley aprobada por el Congreso para febrero. El juez platense Alberto Recondo recordó que la medida "sólo procede cuando media un riesgo cierto de que una providencia judicial se torne ilusoria o de que se frustre por la demora de alguna diligencia importante". O sea, se valen de laberintos fraudulentos para echar por tierra los derechos ciudadanos.

Ante un reclamo presentado por veteranos agrupados en el Centro Ex Combatientes Islas Malvinas (Cecim) el juez en cuestión planteó que "la presente acción produciría efectos a partir de marzo del corriente año 2018, no se advierte que se verían vulnerados en lo inmediato los derechos de quienes promueven la acción".

Por otro lado, el juez marplatense Santiago Inchausti resolvió que no constaba un requisito formal para que la demanda cuente con habilitación de feria pese a haber sido presentado el 2 de enero pasado. "No constituyendo a juicio del suscripto el planteo efectuado asunto que no admita demora", especificó.

0 Comentarios