MACRI RESCINDIÓ LA SOBERANIA ARGENTINA POR DECRETO
Pasando por alto al Congreso, a la Constitución y a los intereses de la Patria, Macri firmó un decreto que rescinde la Soberanía argentina para poder adquirir nueva deuda, a medida de los Fondos Buitre.
Macri le permitió a Luis Caputo emitir bonos por 20.000 millones de dólares con legislación extranjera. Podría repetirse la historia holdout.
Macri firmó el decreto 29/2017 que habilita al gobierno a endeudarse renunciando a la jurisdicción nacional a favor de tribunales extranjeros en EEUU e Inglaterra y que disponela renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana. Esto habilita, frente a un futuro default y reestructuración de deuda, nada descabellado dado el ritmo frenético de endeudamiento que lleva adelante el actual gobierno, que los Fondos Buitre vuelvan a adquirir bonos para luego reclamarlos en tribunales internacionales afines a sus intereses, obligando nuevamente a la Argentina a pagar bonos en condiciones totalmente usurarias.
Esto se opone también a la resolución de la ONU promovida por la Argentina en 2015, cuyo principio 6to sostiene: El principio de la inmunidad soberana de jurisdicción y ejecución en materia de reestructuración de la deuda soberana es un derecho de los Estados ante los tribunales internos extranjeros, y las excepciones deberán interpretarse de manera restrictiva.
El Gobierno renuncia a la inmunidad soberana. Después de cerrar el capítulo de los fondos buitre, el Gobierno vuelve a acercar al país al límite, al autorizar la emisión de bonos en los que cede la soberanía. El flamante ministro de Finanzas, Luis Caputo, coloca deuda por 20.000 millones de dólares, con las mismas legislaciones que entraron en default selectivo en 2014.
Mediante el decreto 29/2017 de la cartera de Finanzas, que lleva las firmas de su titular, Macri, y del jefe de Gabinete, Marcos Peña, se le dan facultades a Caputo para pedir préstamos por U$S 20.000 millones. La resolución ministerial habilita a incluir cláusulas en los bonos que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales ubicados en Nueva York, Estados Unidos, y/o de los tribunales de Londres, Reino Unido, y que dispongan la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana, exclusivamente, respecto a reclamos que se pudieran producir en la jurisdicción que se prorrogue y con relación a los acuerdos que se suscriban y a las emisiones de deuda pública que se realicen con cargo al presente decreto.
Es decir, posibilita al Ejecutivo a emitir títulos que se rijan por leyes estadounidenses o inglesas, como los que emitieron los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner en las reestructuraciones de deuda de 2005 y 2010. En una negociación sin precedentes, el entonces secretario de Finanzas,Guillermo Nielsen, consiguió que los acreedores acepten un recorte del 70% en sus tenencias a cambio que la Argentina reconozca la prórroga de la cesión de soberanía en los activos que correspondiera.
Quienes se negaron a la reducción se mantuvieron en default y reclamaron en los tribunales que el país había establecido desde la impresión de sus bonos: Estados Unidos y Europa. Fue por esto que los fondos buitre, a través de un juez como Thomas Griesa, consiguieron el cobro de casi la totalidad de lo reclamado.
Ahora, Caputo, Peña y Macri avalaron, - sin presiones de tenedores y decidieron ceder la soberanía - , que no pueda la Justicia argentina decidir ante un eventual cese de pagos o disputa. Detrás, el argumento en el Ministerio de Finanzas es el de generar mayor confianza en los inversores financieros, que descreen aún del país, el absurdo más grande que pueden dar como justificativo ante el remate de la nación argentina que están llevando adelante, sin el menor escrúpulo.
La decisión está publicada en el Boletín Oficial. Asimismo, el decreto pide que se incluyan las cláusulas de acción colectiva y cláusula de PariPassu(PP), que figura en la mayor parte de las emisiones de deuda soberana. Significa un trato igualitario para aquellos bonistas de un país que entren o no entren a un canje de deuda pública. Está en la primera página del Prospecto de emisión de los títulos de deuda y establece que ningún bonista que haya participado de un canje puede recibir un pago sin que el resto, que prefirió rechazar la oferta, también lo haga. La Argentina quedó expuesta a esta cláusula al realizar el Canje I, en marzo de 2005, y luego el Canje II, en octubre de 2010, ya que hubo un 93 % de acreedores que entró en esos canjes pero un 7 % restante no lo hizo; son los llamados holdouts y, entre ellos, los Fondos Buitre. De estos últimos, los fondos Elliot, Aurelius, Blue Angel y 13 bonistas ganaron finalmente el juicio a la Argentina con una sentencia favorable de la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York, a cargo del Juez Thomas Griesa, que obliga a la Argentina a pagar unos 1500 millones de dólares a esos demandantes.
Esta cláusula se empezó a utilizar a partir de 1995, cuando el fondo especulativo Elliott, el que le ganó la demanda a la Argentina, la utilizó en un juicio en el año 2000 contra el gobierno peruano de Alberto Fujimori cuando un tribunal de Bélgica le ordenó a ese país pagar una sentencia por unos USS 60 millones por bonos defaulteados en el Plan Brady comprados por unos 20 millones de dólares.
En cuanto a la Argentina, la deuda total por la aplicación de la PP no sólo incluiría los 1500 millones de dólares más intereses, sino que sumaron demandas de otros holdouts que alcanzaron un monto de entre 4000 y 8000 millones de dólares, de conformidad con las prácticas actuales de los mercados internacionales de capitales, que también embarraron la negociación.
El Gobierno incrementó sustancialmente el pasivo público y es imposible no prever la aparición de disputas con acreedores en las próximas décadas, se puede garantizar que la cesión de soberanía no beneficiará al Estado, la Argentina va al remate, indefectiblemente.
 
 

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