SE PROMULGÓ LA LEY EN CONTRA DEL 2 X 1 A LOS GENOCIDAS
La nueva ley promulgada
especifica que no será aplicable a conductas delictivas que encuadren en la
categoría de delitos de lesa humanidad,
genocidio o crímenes de guerra, según el derecho interno o internacional.
Fue publicado en elBoletín Oficial.
Hoy se
promulgó la ley sancionada por el Senado nacional que excluye de la aplicación
de la ley del denominado 2x1, a condenados por delitos de lesa humanidad. Así
lo señala el Boletín Oficial de
este viernes con la publicación del decreto 329/2017 que reglamenta la misiva.
El
Congreso convirtió en ley la normativa que limita la aplicación del cómputo de
pena de dos años por uno para los autores de delitos de lesa humanidad, tras el caos generado por el fallo de la
Corte Suprema de Justicia que generó una masiva marcha a Plaza de Mayo convocada
por los organismos de derechos humanos y el pueblo en su conjunto, a lo largo y
ancho de la Argentina.
Con esta
nueva ley, el artículo 7º de la 24.390 —derogada— no será aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría
de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho
interno o internacional.
Para los otros casos, se aclara que el cómputo de las penas establecido
en su oportunidad será aplicable solamente a aquellos casos en los que el
condenado hubiere estado privado de su libertad en forma preventiva durante el
período comprendido entre la entrada en vigencia y la derogación de aquella
ley, es decir entre el 21 de noviembre de
1994y el 30 de mayo de 2001.
Represores
como Alfredo Astiz y Miguel Etchecolatz
pudieron haber quedado en libertad si se beneficiaban con el 2x1 que el
pasado 3 de mayo la Corte Suprema de Justicia decidió que era aplicable en el
caso de Luis Muiña, un ex represor.
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