El juez Tatarsky consideró que los despidos aplicados por el Gobierno en
la agencia Télam exceden “todo marco de razonabilidad”, hizo lugar a
una serie de medidas cautelares y dispuso que 133 de los cesanteados
sean reincorporados “en forma inmediata”.
La Justicia laboral hizo lugar a una serie de medidas cautelares
presentadas por abogados del Sindicato de Prensa de Buenos Aires
(SiPreBA) y ordenó reincorporar “en forma inmediata” a 133 trabajadores
despedidos sin causa de la agencia Télam por el secretario de Medios
Públicos, Hernán Lombardi.
El juez Ricardo Tatarsky consideró que la
decisión del gobierno de Macri de dejar en el calle al 40 por
ciento de la planta sin respetar el procedimiento preventivo de crisis
“excede todo marco de razonabilidad y resultó evidentemente
intempestiva”. “Nuestra expectativa es que se retome el diálogo”, dijo el delegado Mariano Suárez, quien recordó que el conflicto
“no se resuelve ni con mil fallos sino políticamente”.
“El resultado
judicial es consecuencia directa de los 115 días de paro que las
trabajadoras y los trabajadores de Télam sostienen desde el 26 de junio
en defensa de una agencia de noticias y publicidad pública, no
gubernamental, plural y transparente”, destacó en un comunicado la
comisión interna del SiPreBA.
El directorio de Télam, que preside Rodolfo Pousá, despidió a 357
trabajadores, de los cuales más de 260 ya obtuvieron fallos que
confirman la ilegalidad de la medida. El juez Tatarsky resolvió, a
través de ocho cautelares, la reincorporación de 133 empleados a quienes
la empresa deberá pagar los salarios adeudados.
El mismo juez se había
pronunciado el 17 de julio a favor de otros cinco trabajadores, decisión
que confirmó la Sala V de la Cámara del Trabajo con votos de Enrique
Arias Gibert y Néstor Rodríguez Brunengo. La eventual apelación de
Lombardi, Pousá & Cía., que ayer se reunieron de urgencia con el
resto del directorio, recaería en la misma sala. Además de los
trabajadores patrocinados por Guillermo Gianibelli y León Piasek, del
SiPreBA, otros 108 que se presentaron por otros sindicatos o abogados
particulares también obtuvieron sentencias favorables (sobre las que
debe pronunciarse la Sala I de la cámara), en tanto una veintena tienen
expedientes en trámite.
El artículo 90 de la Ley Nacional de Empleo establece que “con
carácter previo a la comunicación de despidos o suspensiones por razones
de fuerza mayor, causas económicas o tecnológicas” que afecten a más
del 10 por ciento de los empleados de una empresa de entre 400 y mil
trabajadores “deberá sustanciarse el procedimiento preventivo de crisis”
(PPC). Télam despidió “a más del 40 por ciento de su planta” (357 sobre
878) mediante telegramas que invocan una supuesta “reestructuración
general”.
“Detrás de la alegada reestructuración general se propició un
despido masivo de trabajadores”, advirtió Tatarsky, quien encuadró la
decisión en “el supuesto de causas económicas” y consideró “sin
hesitación alguna” que Lombardi & Cía. debieron respetar el PPC
“previo a tomar una decisión rupturista de esta magnitud”. La decisión
de despedir masivamente sin respetar el mecanismo legal “excede todo
marco de razonabilidad y resultó evidentemente intempestiva”, subrayó.
“El diseño del PPC está pensado también para que la empleadora pueda
canalizar sus problemas económicos atenuando la conflictividad en un
ámbito de concertación y paz social”, citó a la Cámara Nacional del
Trabajo.
Por último recordó que tanto la Constitución como los pactos
internacionales de derechos humanos suscriptos por el Estado protegen a
los trabajadores contra los despidos arbitrarios.
“Es probable que una vez que el fallo se notifique a la empresa y se
empiece a cumplir, se levanten las medidas de fuerza, porque
independientemente del tiempo que demore la confirmación está cumplido
el objetivo de la reincorporación y el pago de salarios caídos”, explicó
Suárez. “Nuestra expectativa es que se retome el diálogo, que se rompió
con el último cambio de gabinete, cuando el Gobierno degradó al sistema
de medios públicos.
A pesar de los fallos, el conflicto continúa
irresuelto. El Poder Judicial puede anular despidos pero no resolver un
conflicto que, por el modelo de agencia y por la concepción sobre los
medios públicos, es político. Esto no se resuelve ni con mil fallos sino
políticamente. Sí entendemos que la acumulación de sentencias obliga al
Estado a retomar el diálogo.”
0 Comentarios