Bullrich dio la orden de fuego: creó un reglamento que permite disparar contra el que huye, por la espalda.


Rompiendo normas vigentes, la ministra de Seguridad diagramó un nuevo reglamento que permite el uso de armas de fuego para las fuerzas de seguridad. El punto que resalta la gravedad, teniendo en cuenta las movilizaciones contra la cumbre del G20, es que permite disparar contra cualquier persona que huye y por la espalda.

Patricia Bullrich sigue tomando decisiones a su medida, ahora creó un reglamento que modifica la normativa vigente sobre el uso de armas de fuego para habilitar a las fuerzas a disparar contra la persona que huye y por la espalda. La resolución 956/2018 aún no fue publicada en el Boletín Oficial, momento en que entrará en vigencia.

De todos modos, voceros del Ministerio le manifestaron que el "Reglamento General para el empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas federales de seguridad" ya está en viencia "y se contempla su aplicación para situaciones de peligro inminente de ataque con armas letales contra las figuras de los líderes presentes en la Argentina durante la Cumbre del G20. Este reglamento lo homologan las custodias de líderes extranjeros".

"Sólo podrán usar las armas en cumplimiento de sus deberes cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas", se indica en el Artículo 1 del Reglamento. Los encargados de comunicar las decisiones del Ministerio no aclararon si seguirá vigente una vez finalizada la cumbre del G20.

Sin embargo, en el artículo 5, inciso F, se señala, entre otras situaciones, que se podrá hacer uso del arma de fuego cuando la persona "se fugue luego de haber causado, o de haber intentado causar, muertes o lesiones graves".
 
En tanto, que en el artículo 2 se plantea que se hará uso de las armas de fuego "cuando resulten ineficaces otros medios no violentos" y que se usará en los siguientes casos: a) En defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves; b) Para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas; c) Para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad; d) Para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente, y hasta lograr su detención.
 
Especialistas en derecho aseguraron que la normativa "es ilegal y permite disparar contra a persona que huye". En tal sentido comentaron que "ahora los federales de todas las fuerzas podrán decir que la resolución los obliga a disparar y zafarán porque obedecieron su normativa y no pueden ser condenados por cumplir su deber".  

Esta norma que impuso Bullrich habilita a cualquier agente de policía y de seguridad en general,  a juzgar y tomar la decisión sobre la vida o muerte de un ciudadano, y en un marco de total impunidad.

Esta funcionaria no solo es pasible de juicio político, sino que debe ser imputada por apología del delito y terrorismo de Estado, juzgada y finalmente condenada. 

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