Comodoro Py: Cristina presentó un escrito por las 8 acusaciones armadas en su contra.
La ex presidenta se presentó en los tribunales de Retiro en medio de un fuerte operativo de seguridad y no contestó preguntas.
La ex presidenta Cristina Kirchner presentó este lunes un escrito en los tribunales federales de Comodoro Py, donde fue citada por el juez Claudio Bonadio
por ocho hechos de corrupción, siete de los cuales son derivados de la
causa de las fotocopias de los cuadernos, las anotaciones que hizo Oscar Centeno, chofer
del ex funcionario del kirchnerismo Roberto Baratta.
El escrito completo
Señor Juez:
Cristina Fernández de Kirchner, por mi propio derecho, en el marco de las causas Nº 9.608/2018, 3.710/2014, 10.456/2014, 13.816/2018, 13.820/2018, 18.590/2018, 15.386/2018 y 18.704/2018,
todas del registro del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional
Federal Nº 11, manteniendo el domicilio constituido en autos, digo:
1.
En el día de la fecha he sido convocada a prestar declaraciones
indagatorias múltiples y simultáneas, en ocho supuestas investigaciones
judiciales. Así, y en una suerte de función de cine continuado, se
pretende hacerme responsable, una vez más, de la misma presunta
asociación ilícita por la cual ya estoy siendo investigada ante otro
Juzgado de este fuero y ante dos Tribunales Orales.
Indudablemente,
se trata de un hecho inédito en los anales de la jurisprudencia, que
puede comprenderse en el marco de una persecución y ensañamiento al que
sólo se atrevieron gobiernos totalitarios en tiempos en que el Estado de
Derecho se encontraba suspendido. Aunque debo reconocer que en términos
cinematográficos, esta película merecería recibir un Oscar por su
originalidad.
2. Básicamente, esta nueva movida judicial
tiene su origen en la a esta altura escandalosa y bochornosa “causa de
las fotocopias”, cuyos antecedentes pueden ser resumidos de la siguiente
manera:
a. El expediente se inició en
base a simples fotocopias de unos supuestos cuadernos que nunca se
vieron y que finalmente dijeron que habían sido “quemados en la parrilla
de un patio”. Literal. Concretamente, según la versión oficial, un ex
miembro de las fuerzas de seguridad y confeso antikirchnerista se habría
apropiado de manera ilegal de estos supuestos cuadernos para
entregárselos a un periodista que, dijo, le inspiraba confianza.
b.
El periodista elegido fue Diego Cabot del diario La Nación -ambos,
periodista y diario, furibundos antikirchneristas simpatizantes del
gobierno de Cambiemos-, quien le llevó su supuesta investigación al
fiscal Stornelli -acusado de extorsionar empresarios e imputados en esta
misma causa-. Este cuestionado fiscal, violando todas las reglas
vigentes en materia de competencia, decidió formar actuaciones
complementarias y entregárselas al juez Bonadío, dando lugar a un caso
obsceno de fórum shopping.
c. A partir
de simples fotocopias, el juez ordenó la detención de decenas de
personas con el indisimulable propósito de presionarlas y obligarlas a
recitar un libreto que ya estaba armado, esto es: que los anteriores
gobiernos constituían una “asociación ilícita”. La suerte de quienes no
se adhirieran a semejante maniobra fue graficada por Stornelli con la ya
famosa frase “no habrá sortijas para todos”, palabras que seguramente
pasarán a la historia como muestra del descaro con el que se ha
procedido en el expediente.
Eso sí, a los familiares más
cercanos del Presidente de la Nación no les fue necesario retirar sus
sortijas en la Fiscalía de Stornelli, ya que éste se las llevó
personalmente a la Quinta Presidencial de Olivos. Como era obligatorio,
mi defensa reclamó que se llevaran a cabo medidas probatorias para
acreditar este vergonzoso episodio que fuera ampliamente difundido por
los mismos medios de comunicación afines al gobierno, pero el juez no
hizo lugar a tal petición, bajo el siempre útil latiguillo de que la
misma no era pertinente.
d. No obstante
lo dispuesto de manera expresa en el art. 6 de la “Ley del arrepentido”
(Ley Nº 27.304), el fiscal deliberadamente omitió registrar por medios
audiovisuales las declaraciones de los presuntos arrepentidos.
Hoy,
y a la luz de los testimonios, declaraciones, grabaciones y otras
pruebas que han surgido sobre la operatoria del Juzgado y la Fiscalía a
cargo de Bonadío y Stornelli, respectivamente, está más que claro que se
procedió de esta manera para que no quedaran huellas de cómo estas
personas fueron extorsionadas y sus manifestaciones tergiversadas y/o
armadas, claro está, siempre en mi contra.
Sobre esta
capital cuestión, que no es una mera elucubración de mi parte, pues
encuentra sustento en declaraciones públicas formuladas por periodistas
que jamás han tenido simpatía con mis posiciones políticas, tanto el
juez como la Cámara de Apelaciones rechazaron todas las medidas de
prueba reclamadas, pese a los reiterados pedidos que fueron efectuados.
Es
más, en otra demostración de cómo se oculta la verdad y hasta qué
niveles han llegado los abusos de poder, el titular de este Juzgado
formuló una denuncia en contra de quienes hicieron públicas las
prácticas deleznables que se vienen cometiendo en la “causa de las
fotocopias”; ello, con el pícaro propósito de bloquear la posibilidad de
que los denunciados fueran citados como testigos. Llamativamente -o ya
no tanto-, la denuncia de Bonadío recayó en el Juzgado de Ercolini, cuya
funcionalidad para atender este tipo de emergencias se ha tornado una
práctica bastante conocida.
Pero si alguna duda cupiere
sobre la manipulación de las declaraciones de los arrepentidos, basta
con recordar que el propio Stornelli, en una de sus habituales giras por
las pantallas de la prensa oficialista más recalcitrante, reconoció que
omitía consignar fielmente en las actas todo lo que, supuestamente, le
decían estas personas sometidas al régimen del “imputado colaborador”.
e. En
el marco de procedimientos espectaculares con los que se captó la
atención pública durante varios días, mis domicilios de la ciudad de
Buenos Aires, Río Gallegos y El Calafate fueron allanados, con el
augurio de que serían encontradas bóvedas, compartimientos secretos y
varios millones de dólares que habrían transitado a través de los
circuitos de la corrupción.
Nada de ello ocurrió.
Sin
embargo, para que la decepción fuera disimulada, Bonadío ordenó el
secuestro de un montón de elementos que nada tienen que ver con el
proceso, haciendo caso omiso a las instrucciones impartidas por el
Senado de la Nación cuando, incluso con mi voto afirmativo, autorizó la
medida.
Ni siquiera se salvaron los atributos
presidenciales que Néstor Kirchner y la suscripta recibiéramos al haber
sido elegidos democráticamente como titulares del Poder Ejecutivo de la
Nación.
f. En este contexto, pese a que
no existía prueba alguna en mi contra y sin posibilidad de ejercer
mínimamente el derecho de defensa en juicio, fui procesada,
naturalmente, por el delito de asociación ilícita, al que se le sumaron,
como dijo Bonadío “más o menos así” otros supuestos delitos.
Tal
resolución fue confirmada por la Sala I de la Cámara de Apelaciones,
integrada por jueces que también fueron colocados a dedo por el gobierno
de turno, quienes cumplieron al pie de la letra las instrucciones que,
según lo informó la prensa, les fueron impartidas desde la mesa judicial
de la alianza gobernante: ratificaron que soy la jefa de la asociación
ilícita, dejaron dentro de ella a un grupo de funcionarios y algunos
empresarios y beneficiaron al resto de los hombres de negocios, quienes
dieron a entender que fue nuestro gobierno el que les “enseñó a
cartelizarse en la obra pública” y que pagaron sobornos por haber sido
“víctimas” de coacción.
Dentro de esta última particular
especie se encuentran familiares directos del Presidente de la Nación y
varios importantes empresarios afines.
3. Como
la “causa de las fotocopias”, en forma paulatina, fue perdiendo el
impacto que se esperaba ante la opinión pública, se recurrió a tres
nuevos inventos, a saber:
a. A partir
de la “causa de las fotocopias” se abrieron otras líneas de supuestas
investigaciones para formar nuevas causas que el Juzgado retuvo para sí,
violando otra vez y de manera descarada las reglas de competencia.
b.
En otros casos, pretendiendo aparentar alguna prolijidad, extrajeron
testimonios de esa misma causa para que se investigaran otros supuestos
delitos por ante el Juzgado que resultara sorteado. ¿Y qué pasó aquí?:
que el Juzgado sorteado fue el de Bonadío.
c. Finalmente echaron
mano de supuestas pruebas que aparecieron de manera “espontánea” en la
Fiscalía de Stornelli que luego metieron en otros procesos, naturalmente
en trámite ante el Juzgado de Bonadío, para construir artificiosamente
una imputación en mi contra.
Así se pretendió dar
contenido para que en ocho causas fuese citada a prestar declaración
indagatoria en forma simultánea y continuada. Un verdadero mamarracho.
4.
Ahora bien, desde un punto de vista procesal (aunque la aplicación de
la ley a estos operadores judiciales, por lo visto, nada les interesa)
resulta evidente que tales citaciones devienen nulas. Ello, no sólo
porque se encuentran contaminadas por la invalidez del proceso de origen
-la “causa de las fotocopias”-, sino porque en sí mismas carecen de
todo sustento y de manera alguna justifican el estado de sospecha que
requiere la ley adjetiva para proceder de tal manera (art. 294 del
CPPN).
Concretamente, sacaron fotocopias de la
causa de las fotocopias, recibieron declaración a curiosos personajes
que se presentan “espontáneamente” en la fiscalía de Stornelli, solicitaron
algunos papeles al Poder Ejecutivo de la Nación y con todo ello (es
decir, nada) me convocaron a prestar declaración indagatoria en ocho
causas distintas, sin explicar tan siquiera en una sola línea el motivo de estas citaciones.
Naturalmente,
ejercer el derecho de defensa en juicio en estas condiciones resulta
una utopía; mucho peor aún si, diga lo que diga, el dictado de un
procesamiento en mi contra ya está definido.
5.
De todas maneras, y a efectos de dejar debidamente asentadas las
irregularidades que se siguen cometiendo, no es ocioso efectuar una
breve referencia sobre cada uno de los procesos a los que debo
comparecer en el día de la fecha. Ello, sin perjuicio de los planteos
que mi defensa técnica habrá de efectuar oportunamente.
Veamos.
a. Causa Nº 9608/2018.
En la “causa de las fotocopias” ya fui indagada en dos oportunidades,
se dispuso mi procesamiento y prisión preventiva, se solicitó mi
desafuero y se trabó un embargo millonario.
Sin
perjuicio de ello, vuelvo a ser convocada en esta causa, por tercera
vez, aparentemente para que se me impute el mismo delito imaginario de
siempre (ser jefa de la asociación ilícita) o bien para que se sume a la
acusación alguna nueva manifestación extraída a otro arrepentido.
Al
respecto, me remito a todas las defensas que fueron oportunamente
interpuestas, las cuales actualmente se encuentran a conocimiento de las
instancias judiciales superiores.
b. Causa Nº 10.456/2014.
Se trata del proceso públicamente conocido como “gas licuado”. Esta
convocatoria no solo constituye un caso paradigmático de arbitrariedad,
sino además deja al descubierto la forma en que se gestan estas causas
pseudo-judiciales, a saber:
El 8 de marzo del año pasado
la Cámara de Apelaciones del fuero revocó todos los procesamientos
dictados en esta causa y dispuso la falta de mérito de todos los
imputados, dado que la decisión de Bonadío, impulsada por Stornelli, se
basaba en una pericia falsa. Sí, tal cual se lee: jueces y fiscales
armando causas y metiendo gente presa con pericias falsas.
En tal ocasión se señaló lo siguiente:
“Contradicciones,
olvidos, confusiones … Esos son los déficits del peritaje elaborado por
quien debía ser un experto en la materia. Evidentemente tales conceptos
están muy alejados de la demostración de pericia en su actuar.
Pero
las críticas no se reducen a ellos. A la par existen otros más
preocupantes que ya no revelan sólo yerros. Antes bien, hablan de
falsedades.
Por un lado, varias
defensas demostraron ante el Tribunal -luego de una minuciosa
exploración del mundo virtual- que muchos de los pasajes del informe de
David Cohen eran copia literal de diferentes documentos obtenidos de
Internet y no me refiero con ello a sitios web de revistas
especializadas que la comunidad científica consulta y que atesora con
mezquindad. Me refiero a páginas de libre acceso y consulta, dirigidas
al público en general, con el rigor académico que ello supone.
[…]
Sin
embargo, la apelación a tal recurso no se detuvo allí. En lo que
refiere al tema más delicado, ese cuyos resultados generaron la alarma
del ministro Aranguren, el `perito` acudió a otra herramienta. Esta vez,
una presentación de estudiantes universitarios chilenos.
[…]
La
natural inferencia de todo lo señalado impone un nuevo orden en este
ámbito, y con ello, un nuevo horizonte. El peritaje de Cohen, gravitante
como era para formular el reproche dirigido a los imputados, en su
caída derrumba con igual fuerza el escenario montado. Y esto no lo digo
yo.
El mismo juez de grado en su
pronunciamiento colocó en un sitio de privilegio dicho informe pericial,
tornando al resto de las probanzas en meros satélites indiciarios de lo
que sólo Cohen pudo fusionar. Y ya vimos en qué términos.
[…]
Es
todo lo dicho hasta aquí lo que revela claramente que la imputación
formulada contra las diversas personas procesadas en autos se edifica en
pilares que carecen de la más mínima solidez.
[…]
La
incógnita perdura y, por tanto, la necesidad de una investigación seria
que le dé una respuesta. De ahí, que corresponda iniciar genuinamente
esa tarea, que debe principiar, como es debido, mediante la confección
de un peritaje comprometido con la búsqueda de la verdad”.
Pero las arbitrariedades no cesaron.
Pese
a lo dispuesto por la Cámara y al resultado favorable que arrojó una
nueva pericia que desmentía la imputación, la investigación del juez y
del fiscal continuó por el camino de la falta de seriedad absoluta.
En
efecto, el 5 de noviembre del año pasado se presentó
“espontáneamente”en la Fiscalía de Stornelli el ahora no abogado y no
experto en delitos complejos Marcelo D`Alessio. Todo desopilante.
Según consta en la declaración obrante en la causa, D`Alessio, quien bajo juramento declaró ser abogado,
aportó documentos que supuestamente corroborarían el pago de
sobreprecios en la importación de buques con gas licuado. Además, el
falso abogado al que tanto crédito, por lo visto, le dieron Bonadío y
Stornelli, lisa y llanamente me atribuyó haberme interesado en tal
supuesto negocio, dando instrucciones para que el ENARSA aprobara unas
pólizas de seguro que no habrían resultado convenientes en términos de
costos y beneficios para dicha empresa.
El 12 de
noviembre, Stornelli abrió una vez más su Fiscalía a D`Alessio, para que
éste ampliara su declaración, aportara nuevos documentos y “ratificar
todo el contenido vertido en la entrevista que tuv[o] con el periodista
Daniel Santoro a efectos de brindar la información veraz contenida en lo
que formó su libro `El Mecanismo`”. ¡Bingo! Stornelli con el falso
abogado y el “periodista estrella” de Clarín, experto en
“investigaciones.” A esta causa no le falta nada.
Con
estas únicas nuevas “pruebas”, aportadas por un sujeto a quien ahora el
fiscal califica de “enfermo psiquiátrico”, el juez volvió a convocar a
prestar declaración indagatoria a las mismas veinticinco personas cuyos
procesamientos habían sido revocados por la Cámara de Apelaciones y,
además, me incluyó en la imputación. ¿Se entiende que Bonadío me está
citando a indagatoria en base a los dichos de Marcelo D´Alessio? Sí,
Bonadío utiliza la declaración de un personaje que fue filmado, grabado,
fotografiado y “whatsappeado” con Stornelli, pidiendo coimas en la
causa de las “fotocopias de los cuadernos”. Un escándalo nunca visto.
Ello
así, pese a que nunca había sido mencionada en la causa antes de la
declaración de D`Alessio y cuando claramente el hecho que se dice
investigar resulta ajeno a las esferas de competencia de la Presidencia
de la Nación.
Para que se entienda, luego de cinco años
de trámite de esta causa, en la que se llevó a cabo una pericia falsa
-valorada por el juez como si se tratara de una joya de la ciencia- y a
partir de la declaración de quien ahora es calificado como “enfermo
psiquiátrico”, debo afrontar un nuevo proceso penal, sin siquiera saber
de qué se me está acusando.
En suma, como lo dije anteriormente, se trata de una convocatoria que carece de toda seriedad.
Sólo
debo reiterar que el supuesto pago de sobreprecios en la importación de
buques con GNL ya sufrió un severo traspié con la resolución adoptada
por la Sala I de la Cámara de Apelaciones, cuando revocó los
procesamientos que habían sido dictados; además, se trata de
transacciones en las que no tuve ningún tipo de intervención, ya sea
directa o indirecta, y no existe un solo elemento de prueba que me
vincule tan siquiera remotamente con estos hechos.
c. Causa Nº 3.710/2014.
Se trata de un sumario iniciado en el año 2014 a partir de una nota del
periodista Diego Cabot -otra vez, ¿Otro Santoro?-, en la cual se
afirmaba que varias empresas de colectivos habrían recibido subsidios
millonarios de manera injustificada. Ello así, pues supuestamente
presentaban declaraciones juradas en las que consignaban que recorrían
una cantidad de kilómetros mayor a la real.
En esta
causa Bonadío también había ordenado procesamientos a discreción, los
cuales fueron revocados por la Cámara de Apelaciones en virtud de su
orfandad probatoria. Sin embargo, la causa no se cerró y, como de
costumbre, la seriedad de la investigación brilló por su ausencia.
Ahora
bien, la excusa para convocarme a prestar declaración indagatoria en
este proceso, en el cual tampoco había sido mencionada a lo largo de
cinco años, consistió en afirmar que las pruebas reunidas en la “causa
de las fotocopias” (nunca se dijo cuáles) serían “suficientes para
configurar el estado de sospecha requerido por el art. 294 del CPPN”.
Es
decir, a diferencia del caso anterior, aquí ni siquiera encontraron un
D`Alessio que falsamente me imputara, sino que recurrieron al
procedimiento antes mencionado de sacar fotocopias de la “causa de las
fotocopias” y, sin mayores explicaciones, me vincularon con la causa.
Nuevamente, la falta de seriedad de todo este procedimiento salta a la vista.
Frente
a esta nueva imputación falsa en mi contra, que además carece de los
requisitos que exige la ley procesal, sólo corresponde señalar que no
tengo relación alguna con las supuestas irregularidades que se
investigan, cuya verificación resulta ajena, de manera manifiesta, a las
competencias propias de la Presidencia de la Nación.
Es
más, si nos atenemos a los dichos del denunciante, las supuestas
irregularidades pudieron ser advertidas a partir de una medida que fue
implementada por mi propio gobierno, esto es, la instauración del
sistema SUBE en las distintas líneas de colectivo; esto es lo que habría
permitido que se pudiera verificar que las declaraciones de las
empresas en cuanto a kilómetros efectivamente recorridos no se habrían
ajustado a la verdad. Como nota de color, cabe señalar que dicha medida,
la implementación de la tarjeta SUBE, fue combatida mediáticamente por
los grandes medios de comunicación, que habían instalado en la cabeza de
la gente que con la tarjeta los íbamos a “vigilar”. ¡Increíble!
Nuevamente,
y para que se entienda: se me convoca a prestar declaración indagatoria
por supuestas irregularidades en las que obviamente no pude haber
tenido intervención alguna y que solo habría sido posible descubrir en
base a las medidas adoptadas por mi propio gobierno. Es más, soy jefa de
una asociación ilícita que recauda dinero por subsidios a colectivos y
yo misma dispongo una medida para que el supuesto delito quede en
evidencia.
En pocas palabras, se trata de un verdadero disparate.
d. Causa Nº 13.820/2018.
Este expediente se inició como un desprendimiento de la “causa de las
fotocopias”; nunca fue enviado a la Oficina de Sorteos y se conformó a
partir de copias de supuestas declaraciones de arrepentidos.
Su
objeto sería investigar presuntos pagos ilegales efectuados por
distintos empresarios ferroviarios, con el fin de mantener sus
concesiones y obtener subsidios estatales.
Si nos atenemos a la manera en que han sido indagados varios de los imputados, el hecho es contado de la siguiente manera:
I.-
Se conformó una asociación ilícita desde principios del año 2003 hasta
noviembre del año 2015 cuya finalidad habría sido organizar un sistema
de recaudación de fondos para recibir dinero ilegal, para enriquecerse y
utilizar parte de esos fondos en la comisión de otros delitos.
II.- La asociación ilícita, como siempre, fue comandada por Néstor Kirchner y Cristina Elisabeth Fernández.
III.-
Concretamente, “en el área de transportes, durante el período
comprendido entre el 1º de junio de 2003 y el 31 de mayo de 2012, los
cobros eran recaudados por Ricardo Raúl Jaime y Juan Pablo Schiavi, en
sus condiciones de Secretarios de Transporte; ambos dependientes del
Ministro de Planificación Federal, Julio Miguel De Vido. En esta área,
las personas a cargo de las empresas concesionarias de los ferrocarriles
pagaban a los nombrados Jaime y Schiavi entre un 5% y un 30% de los
subsidios entregados por el Estado Nacional”.
Así las cosas, saltan a la vista dos graves inconsecuencias, a saber:
a. Desde
lo jurídico, vuelvo a ser indagada por la misma supuesta asociación
ilícita por la que ya estoy procesada en la “causa de las fotocopias”,
imputada en la denominada “causa madre” (Expte. Nº 15.734/2008) y
acusada ante dos Tribunales Orales (causa Nº 3732/2016 –“Los Sauces”– y
causa Nº 5048/2016 –“Obra Pública”-).
Nuevamente, vuelvo
a superar el récord que registran los anales de la jurisprudencia en
cuanto a violación de la garantía del ne bis in ídem: me persiguen por
el mismo delito de asociación ilícita en tantos procesos que ya es
imposible registrar una cuenta exacta.
b.
Desde lo fáctico, a la luz de la imputación precedente, resulta
inexplicable el recorte temporal que se invoca con relación a los pagos
que habrían efectuado los concesionarios ferroviarios, los cuales, se
afirma, habrían dejado de existir en el año 2012. ¿Está claro que fui presidenta hasta el año 2015, no?
Para
que se entienda, si soy jefa de una asociación ilícita destinada a
recaudar dinero durante un tiempo que coincide con mis dos períodos
presidenciales, ¿cuál es la razón por la cual esta misma supuesta
práctica dejó de llevarse a cabo con los mismos empresarios que
mantuvieron sus concesiones incluso hasta la finalización de mis
mandatos?
La inconsistencia del cargo, al igual como ocurre en el caso de los subsidios a los colectivos, me exime de mayores comentarios.
En
suma, dado que la imputación, como siempre, es absolutamente difusa,
ilógica y arbitraria, forzoso es concluir que jamás ordené ni recibí
ningún pago ilegal por parte de los concesionarios ferroviarios, con
quienes además tampoco mantuve ningún tipo de relación personal o
funcional.
e. Causa Nº 13.816/2018.
Se dan aquí las mismas irregularidades antes relatadas. Concretamente,
se trata de otro desprendimiento de la “causa de las fotocopias”, no se
realizó sorteo alguno para designar al juez que debía entender en el
caso y el expediente se formó con copias de las supuestas confesiones de
algunos arrepentidos, a la cual se agregaron, para juntar papeles,
impresiones de actos de gobierno e informes irrelevantes referidos a más
de cien empresas contratistas del Estado.
En este proceso se estarían investigando presuntos pagos ilegales efectuados por empresas vinculadas a la obra pública civil.
Aquí
se me acusa, una vez más, de haber liderado una supuesta asociación
ilícita y tampoco se precisa cuál habría sido mi participación en los
cientos de presuntos actos delictivos a los que genéricamente se hace
referencia en el expediente. Todo se resume al supuesto carácter de jefe
de tal imaginaria asociación, de la que no existe por cierto evidencia
alguna.
En estas condiciones, como ya lo advertí,
desarrollar el derecho de defensa en juicio resulta imposible, debiendo
limitarme naturalmente a señalar que se trata de una nueva imputación
calumniosa en mi contra.
f. Causa Nº 18.590/2018.
Al igual que los dos casos anteriores, se trata de otro expediente
derivado de la “causa de las fotocopias”, en la cual se estarían
investigado presuntos pagos ilegales efectuados por concesionarios
viales.
Aunque parezca increíble -o ya no tanto-, el
Juzgado volvió a sacar copias de supuestas confesiones de algunos
arrepentidos para conformar una nueva causa, imprimió decretos y
resoluciones administrativas, agregó informes insustanciales relativos a
varias empresas y, sin más, ordenó mi convocatoria en los términos del
art. 294 del CPPN, acusándome nuevamente de haber liderado la misma
supuesta asociación ilícita.
En consecuencia, me remito a
las consideraciones efectuadas en los casos anteriores, en cuanto a la
negativa sobre los cargos que se formulan y sus manifiestas
irregularidades e inconsistencias.
g. Causa Nº 15.386/2018.
En el marco de uno de los allanamientos arbitrarios ordenados en la
“causa de las fotocopias” se habrían secuestrado documentos históricos
que según Bonadío “no podrían estar en manos de particulares”. Ello cual
dio lugar a la formación de un nuevo expediente que fue enviado a la
Oficina de Sorteos y, oh casualidad, recayó en el Juzgado de Bonadío.
Por
medio de mi defensa recusé a Bonadío, dado que el juez no puede
investigar los mismos hechos que él mismo denunció -la extracción de
testimonios para investigar un nuevo hecho es una denuncia, en los
términos del art. 177 del CPPN-, pero el planteo fue rechazado.
Lo
insólito es que en el marco de otro de los expedientes que se vinculan
con la “causa de las fotocopias” Bonadío ordenó extraer testimonios para
investigar un presunto hecho delictivo atribuido al juez Luis Rodríguez
y, una vez que el expediente recayó en su Juzgado, previo sorteo de
ley, se excusó para entender en la causa, alegando que lo actuado
previamente implicaba “una toma de posición respecto de los sucesos que
impiden poder decidir que asuma la investigación con la objetividad que
debería tenerse”.
Es decir, frente a dos situaciones
idénticas, Bonadío retuvo para sí la investigación dirigida en mi contra
-ordenando mi indagatoria- y se excusó para entender en la causa que
tiene como imputado a uno de sus colegas de Comodoro Py.
Ahora
bien, como había que generar una noticia de impacto (Cristina fue
convocada a prestar declaración indagatoria en ocho causas), el juez ni
siquiera aguardó a la finalización de los estudios periciales relativos a
estos documentos y así, de un día para el otro, ordenó mi citación.
Esta
séptima acusación resulta absolutamente falsa, a lo que se suma que el
hecho que se me imputa ni siquiera constituye delito, pues jamás tuve
dolosamente en mi poder documentos ajenos o que debieran ser
resguardados por alguna autoridad competente.
h. Causa Nº 18.704/2018.
Finalmente, fui convocada a prestar declaración indagatoria en esta
octava causa, en la que se afirma que se utilizó la flota aérea
presidencial de manera irregular, con el propósito de enviar diarios y
una serie de muebles a la provincia de Santa Cruz.
Esta
versión no es novedosa, ya que desde hace años, siempre los mismos
denunciantes y siempre los mismos medios de comunicación, vienen
repitiendo la misma versión que, incluso para algunos, adquirió el
carácter de leyenda.
Al igual que el caso anterior,
Bonadío interviene ilegítimamente en esta investigación, iniciada en
base a supuestas pruebas recabadas en la “causa de las fotocopias” y,
sin mayor trámite, dispuso mi citación en los términos del art. 294 del
CPPN.
Como las ilegalidades nunca cesan, en este caso se
impidió que mi defensa compulsara las actuaciones, intentando
entorpecer, una vez más, el derecho que asiste a toda persona imputada
en una causa penal.
Así las cosas, con relación a esta
acusación debo enfatizar que jamás, ni Néstor Kirchner ni la suscripta,
utilizamos los bienes del Estado en nuestro propio provecho o fuera de
lo que importaba el cumplimiento de funciones oficiales. Quien afirme lo
contrario indudablemente miente, y cuando las actuaciones lleguen a una
instancia oral y pública, espero que ante Tribunales imparciales, ello
quedará debidamente desvirtuado.
6. Recapitulando, el cuadro de situación es el siguiente:
a. Se
han armado un montón de causas para poder citarme a prestar declaración
indagatoria y luego procesarme, generando noticias de alto impacto
mediático.
b. En ningún caso existen
pruebas que me vinculen con los supuestos delitos que se dicen
investigar y que, por ende, justifiquen el estado de sospecha que exige
la ley procesal para llevar a cabo tales citaciones.
c. En
la mayoría de los procesos vuelvo a ser indagada por ser la presunta
jefa de una misma asociación ilícita que se habría dedicado a cometer
delitos entre los años 2003 y 2015.
Lo cierto es que a
lo largo de todo ese período solamente fui la titular, junto con Néstor
Kirchner, de gobiernos elegidos democráticamente por el pueblo argentino
en tres elecciones consecutivas, que tuvieron como principal objetivo
otorgar derechos a los sectores más postergados de nuestra sociedad.
d. No
obstante todas las arbitrariedades perpetradas por el juez y el fiscal,
no consiguieron una sola prueba -porque no existe- que demuestre que
recibí coimas por parte de contratistas del Estado o que cometí delitos
en el ejercicio de la función pública.
e.
Han quedado en evidencia las gravísimas irregularidades -por no decir
verdaderas actividades delictivas- que fueron llevadas a cabo por el
juez y por el fiscal para tratar de inventar pruebas en mi contra.
Tanta
ha sido la impudicia de semejante proceder que estos operadores
judiciales quedaron atrapados en su propia torpeza. La utilización como
elemento de prueba de lo declarado por D`Alessio es una muestra
irrefutable de los niveles de descomposición a los que se ha llegado.
En
rigor de verdad, ello sólo es la punta del hilo que parece conectar a
abogados, espías, periodistas, jueces, fiscales y defensores oficiales,
cuya actuación descontrolada pone en serio riesgo no sólo el
funcionamiento de la justicia, sino también la vigencia del sistema
democrático. Finalmente, y a la luz de los hechos que son de público y
notorio conocimiento, estaríamos ante verdaderas organizaciones
delictivas que utilizan el poder de un sistema judicial con rémoras
monárquicas que articulándose con lo mediático han convertido en un
verdadero lodazal la actividad judicial. Todo ello, más temprano que
tarde, deberá ser seriamente investigado por jueces y fiscales
independientes, que cumplan con los deberes que les han sido confiados.
Tener presente lo expuesto y proveer de conformidad,
SERÁ JUSTICIA.
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