12 años después,  la Corte avaló un amparo sobre chicos vulnerables de La Plata, confirmando una condena al Estado provincial y municipal para garantizarles los derechos básicos y por la plena vigencia del Sistema de Promoción y Protección Integral de los Derechos del Niño. 

La medida cautelar llevó 12 años.

La Problemática

Empezó en el 2008 con “la banda de la frazada”, como se denominó a un sector de niños y adolescentes que vivían a la intemperie en el casco urbano de La Plata, quienes dormían en cajeros automáticos, en la glorieta de la plaza San Martín,entre la Legislatura y la Gobernación, o en la ex Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), con trapos, frazadas y colchones. Los chicos pobres de La Plata. Los que viven en la calle, los que piden limosna o cambian estampitas por una moneda en bares y restaurantes, los que no tienen atención en salud física y mental. y quienes también fueron víctimas de ataques parapoliciales.

La reacción inmediata de un fiel representante de la Justicia

Entonces, el ex juez en lo Contencioso Administrativo de La Plata Luis Federico Arias a partir de medidas impulsadas por el ex defensor oficial en el fuero penal Julián Axat sancionó a funcionarios por haber abandonado a su suerte a estos jóvenes. 

Pero,la mayoría de esas medidas fueron apeladas por el Municipio y la Provincia durante los gobiernos de Pablo Bruera y Daniel Scioli, quienes no accedieron a otorgar dos vehículos para atender a niños sin hogar, como tampoco a brindar los recursos económicos para generar los medios para paliar las graves situaciones de indigencia en que se encontraban, privándolos asimismo de servicios hospitalarios especializados en salud mental y adicciones.

El Amparo

El amparo comenzó en 2008 por impulso de la Asociación Civil Miguel Bru (AMBru) y contó con el trabajo específico del Programa de Niñez, Derechos Humanos y Políticas Públicas de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP).

La resolución de primera instancia fue confirmada parcialmente por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, pero apelada por la Municipalidad de La Plata.

En su recorrido, la Corte convocó a una audiencia entre las partes para escuchar los argumentos. Fue un 30 de julio de 2016. En esa oportunidad se presentaron bajo la figura de amicus curiae (amigos del juez) diversos organismos de derechos humanos y sociales (SERPAJ; MEDH; Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP). 

Adjuntaron un informe en el que detallaron la situación de los menores en condición de calle en la provincia de Buenos Aires, y adhirieron al planteo de la AMBru.

Por su parte la dirección de Niñez y Adolescencia de la Municipalidad de La Plata presentó una confesión en la que reconoce que “existe una escasa implementación” del Sistema de Promoción y Protección Integral de los Derechos del Niño (SPPIDN). En ese mismo informe describió “las condiciones de precariedad laboral de los equipos técnicos y de los operadores de calle, quienes aún no cuentan con programas acordes a las necesidades”.

Ahora, la SCBA confirmó la vigencia del amparo de primera instancia. En la sentencia, se ordena:

1) La creación y puesta en funcionamiento de un Servicio Hospitalario Especializado para la atención de la salud de niños con problemas de adicciones.

2) La amplia difusión de los principios, derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes consagrados por el ordenamiento jurídico con asignación específica y prioritaria de recursos a tal efecto.

Fue designado el juzgado de primera instancia para dar sentencia. En ese marco, tanto la Municipalidad de La Plata como el gobierno de la provincia de Buenos Aires, cada uno en su ámbito de incumbencias, deberán elaborar y presentar un plan detallado, con etapas y plazos a cumplimentar, que deberá concretarse en un plazo no mayor a seis meses de quedar firme la presente sentencia.

El Juzgado en lo Contencioso y Administrativo 1 de La Plata tendrá a su cargo la dirección general de dicho proceso, establecieron los magistrados en su resolución, y dejaron abierta de posibilidad para crear un organismo de monitoreo y control al proponer que el juez de ejecución, en caso que lo considere conveniente, podrá crear una Comisión de Seguimiento, Control y Monitoreo compuesto por todas las partes y los organismos de derechos humanos y sociales que han intervenido, en diversas calidades, en el presente proceso.

Corolario

12 años en la vida de estos niños y adolescentes no tuvieron la menor importancia para quienes apelaron para no atender la problemática social por la cual se comprometieron cuando juraron por la Patria y los Santos Evangelios, cumplir con sus funciones. Lo irreverente es que, quien sí se hizo cargo hoy es ex juez. Luis Federico Arias, en esa oportunidad, hace 12 años atrás, salió al cruce para defender los derechos de niños y adolescentes, enfrentando a una estructura política enquistada. No hace mucho tiempo, también lo hizo a través de un amparo contra los tarifazos y en beneficio de todos los bonaerenses, medida por la cual, Vidal decidió echarlo.

Este es el momento en el cual la ciudadanía debe y tiene que ponerse los pantalones largos e inmiscuirse en las decisiones políticas referidas a la elección de sus representantes en todo ámbito, donde la Justicia, concretamente, el Poder Judicial , no puede estar ajeno, ergo, la democratización de la Justicia debe consagrarse de manera inminente.


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