Además de consultar el padrón electoral para las PASO, la ciudadanía tiene a su disposición el registro de infractores de la Justicia Nacional Electoral.

La Justicia Nacional Electoral publicó esta semana la versión actualizada del Registro de Infractores al deber de votar. En nuestro país el voto es obligatorio, secreto y universal, y quienes no cumplieron con su deber cívico figuran con su nombre y las elecciones en las que no participaron, o en las que incurrieron en algún delito.

Con menos de un mes para las elecciones primarias abiertas simultáneas y obligatorias (PASO), la ciudadanía en edad de votar ya puede consultar el Padrón Electoral vía web, pero además se puede chequear si hay "pendientes" con sólo poner DNI, sexo (Femenino o Masculino, por ahora) y distrito electoral (las provincias o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que aún figura como Capital Federal).

En nuestro país la ley establece una multa de apenas $ 50 pesos para quienes falten a su deber de votar en las elecciones que sean. Aunque la suma no sea cuantiosa para la mayoría de los bolsillos, el hecho de que exista esa deuda complicaría a la persona infractora si desea hacer trámites en dependencias públicas, al menos por un año.

"Los ciudadanos y las ciudadanas que no hayan emitido su voto deberán justificar su abstención con la documentación que acredite el motivo de la falta, a tal fin deberán hacerlo ante la Secretaría Electoral correspondiente a su distrito o a la Cámara Nacional Electoral, o ingresar a https://infractores.padron.gov.ar/", se lee en el sitio de la Cámara Nacional Electoral.

De más está decir que no votar en las PASO no significa que la persona no está habilitada para votar en las elecciones generales, que este año se realizarán de manera atípica en noviembre en vez de en octubre.

Hasta la fecha se hicieron más de 13.509.070 de consultas al Registro de Infractores, pero como ocurre con el padrón electoral online se supone que las averiguaciones subirán en los próximos días, aunque más no sea para evitar sorpresas al llegar el domingo 12 de septiembre a la mesa de votación de las PASO 2021.

Ahora veamos quienes son los candidatos que no votaron en 2019 y tampoco justificaron la ausencia ni pagaron la multa:

El Informe

El precandidato del Frente de Todos no justificó su ausencia a votar en una de las últimas elecciones. Dos candidatos de Juntos están en la misma situación.

Una situación insólita podría complicar a uno de los principales precandidatos a integrar el Congreso a partir de diciembre, ya que, de no pagar una multa de 50 pesos, se vería impedido de asumir su banca.

Se trata nada menos que de Leandro Santoro, primer precandidato a diputado nacional del Frente de Todos por la Ciudad de Buenos Aires, quien no justificó su ausencia en una de las últimas elecciones, lo cual es sancionado por el Código Electoral Nacional.

El actual legislador porteño no votó en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 11 de agosto de 2019, en las que Alberto Fernández derrotó a Mauricio Macri y se consagró como presidente electo.

Pese a que hay diversos motivos por los que un elector puede no asistir a cumplir con su deber cívico de sufragar, el referente de los radicales K no justificó su ausencia ante el Juzgado federal con competencia electoral que conduce María Romilda Servini, quien tiene jurisdicción sobre la Ciudad de Buenos Aires.

Por esa razón, Santoro se encuentra anotado en el Registro de Infractores al Deber de Votar ya que tampoco abonó la multa de 50 pesos que pesa sobre él debido a esto.

Según establece el artículo 125 del Código Electoral Nacional, "el infractor incluido en el Registro de infractores al deber de votar no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección": ese período recién vence en agosto de 2022.

Sin embargo, el asesor presidencial no es el único que figura entre los infractores, aunque otros postulantes tienen incumplimientos anteriores, por lo que la imposibilidad legal de asumir un cargo público ya prescribió.

Es el caso del neurocientífico y precandidato a diputado nacional por Juntos, Facundo Manes, quien no asistió a sufragar, no justificó su ausencia ni pagó la multa. Su "faltazo" fue tanto en las primarias legislativas de 2017 como en las generales de ese año, por lo que su multa asciende a 100 pesos.

Similar es la situación del postulante a integrar la Cámara baja por Juntos por el Cambio en la Ciudad, Ricardo López Murphy, quien no fue a votar en las generales de 2017 y tiene que abonar una multa de 50 pesos por no haber justificado su ausencia.

Entre los motivos avalados por el Código Electoral Nacional para no asistir a una elección (para las personas de entre 18 y 70 años) se encuentran "los que el día de la elección se encuentren a más de 500 km del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables" y "los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto".

En el primer caso, esas personas deben acercarse hasta la sede policial más cercana para que dé fe de su situación, mientras que en el segundo caso debe tenerse un certificado médico.

En caso de no poder votar por alguno de estos motivos, el ciudadano tiene que justificar su ausencia ante el Juzgado electoral que le corresponda y, en caso de que no haya motivos razonables, deberá abonar una multa, que va de los 50 a los 500 pesos.

 

 

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