Viajar con mascotas: cuáles son los requisitos para ingresar y salir de la Argentina.
Muchas familias deciden pasar sus días de descanso junto con sus fieles compañeros de cuatro patas que los acompañan durante todo el año. Qué vacunas, certificados y requisitos son necesarios.
La mayoría de las familias se encuentran en plenos preparativos para sus vacaciones de verano. Y si en casa comparten sus días con algún animal de compañía, la logística al momento de tomarse un descanso puede complicarse.
Por no contar con alguien de confianza para que se haga cargo de su mascota, o bien por querer llevarla con ellos de vacaciones, muchos se embarcan en la aventura de emprender viaje con su perro o gato. Para tomar los recaudos necesarios al momento de emprender el traslado, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) dio a conocer una serie de recomendaciones destinadas a proteger la salud pública y el estatus fitozoosanitario del país.
En este sentido, la Argentina cuenta con requisitos sanitarios para el ingreso de perros y gatos, es decir, para quienes viajan con una mascota hacia el territorio nacional. “Estas medidas apuntan a la prevención del ingreso de enfermedades que puedan afectar a otros animales o personas dentro de sus fronteras”, aseguraron desde el organismo en un comunicado.
Y agregaron: “Viajar de forma segura es clave para cuidar a las mascotas con las que se realiza el traslado, por eso, los viajeros deben asumir la responsabilidad de informarse sobre las exigencias sanitarias de Argentina para el ingreso a su territorio”.
Consultada por Infobae, la directora de Comercio Exterior Animal de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del Senasa, Laura Giménez, aseguró que “los requisitos sanitarios que deben cumplir los perros y gatos que ingresan a la Argentina se encuentran contemplados en la Resolución GMC MERCOSUR Nro 17/15″.
Y tras asegurar que “los viajeros pueden consultar información detallada en la página web de Senasa sobre las exigencias para ingresar al país”, detalló que “en todos los casos, los perros y gatos deben contar con un Certificado Veterinario Internacional (CVI) emitido, firmado y sellado por la autoridad veterinaria del país en el cual se encuentra el animal o bien un pasaporte oficial vigente del animal legalizado por dicha autoridad sanitaria en el país de origen”.
“Entre otras exigencias, es importante que los viajeros sepan que los perros y los gatos deben estar vacunados contra la rabia y la vacuna debe estar vigente al momento del ingreso al país. El plazo de validez corresponde al otorgado por el laboratorio fabricante de la vacuna. Esta vacunación debe ser certificada por la autoridad veterinaria del país exportador en el Certificado Veterinario Internacional o bien en el pasaporte legalizado oficialmente -amplió la funcionaria-. Cuando se trate de animales vacunados por primera vez contra la rabia, la vacuna debe haber sido aplicada al menos 21 días previos al ingreso a la República Argentina”.
En caso que la mascota sea menor de tres meses, queda exceptuada de la vacunación antirrábica y la autoridad veterinaria del país de origen “deberá certificar la edad del animal y que el mismo no ha estado en ninguna propiedad donde ha ocurrido algún caso de rabia urbana en los últimos 90 días previos a su embarque”, agregó Giménez.
Asimismo, en cuanto al tratamiento antiparasitario, “la exigencia es tanto para parásitos internos como externos y debe realizarse dentro de los 15 días previos a la emisión del CVI de exportación, que ampara el ingreso de los perros y gatos a la Argentina”, explicó la funcionaria, quien resaltó que “es importante tener en cuenta que esta medida sanitaria es para resguardo de ingreso de enfermedades que estos parásitos pueden transmitir tanto a las personas como a otros animales”.
“En cuanto a la aptitud para traslado, los usuarios deben gestionar dentro de los diez días previos a la emisión del CVI por Senasa con su veterinario privado el certificado de salud, que acredita que dicho animal se encuentra clínicamente sano, sin evidencias de enfermedades infectocontagiosas y que se encuentra apto para su traslado -ahondó Giménez-. Este certificado respalda la certificación oficial del Senasa para la exportación”.
La funcionaria señaló que “los veterinarios privados también pueden asesorar sobre los métodos para un traslado seguro tanto en auto como en avión” y remarcó que “los usuarios también deben contactar a las compañías aéreas para conocer las exigencias específicas de cada una de ellas”.
Consultada sobre los requisitos para los animales argentinos que deseen ingresar a los principales destinos turísticos elegidos por los ciudadanos del país, sostuvo: “Para la exportación de perros y gatos a otros países como Uruguay, Brasil, EEUU y cualquier otro destino, es importante informar que el Senasa dispone en la página web un sitio exclusivamente destinado a viajeros con perros y gatos para que puedan consultar la información específica para cada destino y preguntas frecuentes relacionadas”.
“Las personas que desean trasladar al exterior caninos y/o felinos domésticos deberán tramitar un CVI emitido por Senasa en base a las exigencias sanitarias del país de destino”, aseguran en la web del organismo. Y recordaron que “si el viaje sale desde el Aeropuerto Internacional de Ezeiza o Aeroparque la persona deberá dirigirse antes del check-in a la oficina del Senasa en esas terminales para que se emita el permiso de embarque de la mascota”.
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