Los documentos que condenan al titular de la AFI

El senador Solanas presentará una denuncia contra el jefe de la AFI por uso de documento falso en el marco de una investigación por su presunta vinculación con el caso Lava Jato

La denuncia penal que presentará el senador Fernando “Pino” Solanas junto a su asesor Alejandro Olmos contra el escribano Gustavo Arribas, actual titular de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), se basa en la comisión del delito de "uso de documento falso” en su intento por desvincularse de una causa donde se lo investigaba por la recepción de coimas. 

Solanas y Olmos lograron conseguir en Brasil la ficha biométrica del hombre que le habría realizado un pago por 70.500 dólares en efectivo y que Arribas mencionaba como  comprador de muebles. Allí se vislumbra una firma de Atila Reys Silva distinta a la del faximil que éArribas ofreció como prueba en la causa.  

Arribas había sido sobreseído por el juez Canicoba Corral en una causa derivada del escándalo judicial brasileño conocido como Lava Jato. Por eso los denunciantes sostienen que esta causa que iniciaron “si bien está relacionada con la anterior, tiene otro objeto procesal, ya que aquí denunciamos específicamente la comisión del delito de uso de documento falso”.

Es que, según figura en la denuncia, el escribano Arribas, jefe de la AFI “buscó que el titular de la firma compradora declarara que la suma producto de la compraventa había sido efectuada en 2013 y girada en esa fecha por el comprador a través de Leonardo Meirelles, (cambista clandestino) dando así origen legítimo, a las transferencias denunciadas, por el periodista Hugo Alconada Mon”.

“Si bien resultaba  increíble que los muebles del citado departamento cubrieran la totalidad de las transferencias recibidas vía el cambista Leonardo Meirelles, Arribas buscó un comprador (creemos que falso) que pudiera acreditar esa compra. Si bien hay  que tener en cuenta que muebles por un valor de 70.000 dólares en un departamento, no es algo común, se tenía la seguridad, de que no era necesaria ninguna escritura pública, ni identificación fiscal alguna, ya que se trataba de un instrumento privado, que serviría para justificar el ingreso de la transferencia, que era lo que imperiosamente se necesitaba acreditar”, dice el texto.

La denuncia penal sostiene que “resulta más que evidente que el Juez Canicoba Corral no quiso investigar cómo se debía al escribano Arribas, ya que sólo se tuvieron en cuenta sus manifestaciones, la fotocopia de un recibo que acompaña a la causa, y el informe del Banco Central, sin pedir ninguna documentación a Brasil, y tampoco al banco suizo que intervino,  Por eso, queremos hacer algunas consideraciones, que muestran que  el Escribano Arribas no dijo la verdad, dando algunos elementos que muestran la utilización de un documento falso, para que la investigación se terminara”.

 “Creemos firmemente que el establecimiento de la autenticidad o no del documento es clave para demostrar la conducta del actual director de la Agencia Federal de Inteligencia. El Escribano Arribas, además de ser íntimo amigo del Presidente de la Nación, y por las actividades que desarrolla esa agencia, no puede estar en manos de alguien que haya mostrado un comportamiento irregular y  delictivo”, sostienen los denunciantes.

“Resulta inadmisible que alguien que ocupa un cargo de significativa importancia dentro de la estructura del Poder Ejecutivo, mienta, utilice documentos no genuinos para encubrir una operación que no puede justificar, que la Oficina Anticorrupción haya consentido el archivo de la investigación, sin siquiera requerir elementos mínimos, como ser la exhibición del documento original, para una eventual verificación de su autenticidad. Pareciera que en este caso ha existido una concertación de complicidades, para proteger  al Escribano Arribas, y evitar que pueda ser imputado penalmente”.

Fotocopias como pruebas judiciales

Arribas no contó con la persistencia del senador Solanas y su asesor Olmos, quienes consiguieron la ficha biométrica del supuesto comprador de muebles, Atila Reys Silva, enviada por la Secretaría de Seguranca Pública de Goias, documento que aportaron como prueba en la Justicia. Allí se ve con claridad que la firma de Reys Silva en la ficha biométrica es muy diferente a la que figura en el recibo de compra de los muebles.

Pero éste no es el único hallazgo que le quita credibilidad a la documentación presentada por Arribas en la causa, y también legitimidad al origen de los fondos de la única transferencia reconocida en la causa. El recibo firmado por Reys Silva en San Pablo está fechado el 17 de enero de 2017, y la certificación notarial simple de las firmas fue realizado en el Cartorio (escribanía) número 6 de Belo Horizonte, a 586 kilómetros de la ciudad San Pablo, donde se realizó la supuesta operación de compra venta de esos muebles. 

O sea, Arribas y Reys Silva deberían haber viajado más de 500 kilómetros sólo para certificar la firma de una compra de muebles. A su vez, la certificación de la fotocopia no se hizo el Cartorio (escribanía) 6 de Belo Horizonte, sino que se realizó el 30 de enero de 2017 en otra escribanía, en el Cartorio No 2.

Otro de los elementos extraños de esa operación es la fecha. Los muebles fueron comprados en 2013 pero el recibo se emitió cuatro años después. A esto se le suma que el recibo lo extendió Reys Silva, quien aduce haber pagado esos 70.500 dólares por “dos muebles que integran el inmueble de la calle Diego Jacome” y no el vendedor, como es habitual en cualquier transacción comercial.

A todo esto, Arribas presentó una fotocopia autenticada del recibo y no el original, lo que originó la duda sobre la veracidad de la firma que figura en el documento, prueba central del sobreseimiento del funcionario. Entendiendo que Arribas es escribano, claro está que le fue fácil falsear la documentación.

A su vez, en el SERASA, un registro similar al Veraz argentino, Atila Reys Silva tiene documentos protestados por sumas pequeñas, (1.250 reales y 420 reales), lo que da cuenta de que su capacidad económica es, por lo menos, limitada. Este elemento también pone en duda que pueda haber dispuesto de 70.500 dólares para comprarle dos muebles Arribas.

Por último, otro de los cabos sueltos es la falta de constancia electrónica de la transferencia hecha por Meirelles a la cuenta de Arribas en Suiza, ya que en el recibo, Reys Silva declara que la compra de los muebles fue hecha en efectivo y en dólares americanos, y en ningún momento da cuenta de una transferencia realizada a través de Meirelles, el doleiro o cambista clandestino de divisas.


En la denuncia penal contra Arribas se solicita citar al comprador de los muebles y también los escribanos certificantes. También se pide realizar una pericia scopométrica, para establecer la autenticidad del documento que los denunciantes impugnan como falso. Es que el artículo 296 del Código Penal de la Nación equipara la pena del delito de utilización del documento falso con la falsificación misma, por lo que Arribas quedará  imputado penalmente por utilización de falso documento, en una causa nueva y no en la que ya fue sobreseído por la justicia argentina.

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