Los documentos que condenan al titular de la AFI
El
senador Solanas presentará una denuncia contra el jefe de la AFI por
uso de documento falso en el marco de una investigación por su presunta
vinculación con el caso Lava Jato
La denuncia penal que presentará el senador
Fernando “Pino” Solanas junto a su asesor Alejandro Olmos contra el
escribano Gustavo Arribas, actual titular de la Agencia Federal de
Inteligencia (AFI), se basa en la comisión del delito de "uso de
documento falso” en su intento por desvincularse de una causa donde se
lo investigaba por la recepción de coimas.
Solanas y
Olmos lograron conseguir en Brasil la ficha biométrica del hombre que le
habría realizado un pago por 70.500 dólares en efectivo y
que Arribas mencionaba como comprador de muebles. Allí se
vislumbra una firma de Atila Reys Silva distinta a la del faximil que
éArribas ofreció como prueba en la causa.
Arribas había sido sobreseído por el juez Canicoba Corral en una
causa derivada del escándalo judicial brasileño conocido como Lava Jato.
Por eso los denunciantes sostienen que esta causa que iniciaron “si
bien está relacionada con la anterior, tiene otro objeto procesal, ya que
aquí denunciamos específicamente la comisión del delito de uso
de documento falso”.
Es que, según figura en la denuncia, el escribano Arribas, jefe de la AFI “buscó que el titular de
la firma compradora declarara que la suma producto de la compraventa
había sido efectuada en 2013 y girada en esa fecha por el comprador a
través de Leonardo Meirelles, (cambista clandestino) dando así origen
legítimo, a las transferencias denunciadas, por el periodista Hugo
Alconada Mon”.
“Si bien resultaba increíble que los muebles del citado departamento
cubrieran la totalidad de las transferencias recibidas vía el cambista
Leonardo Meirelles, Arribas buscó un comprador (creemos que falso) que
pudiera acreditar esa compra. Si bien hay que tener en cuenta que
muebles por un valor de 70.000 dólares en un departamento, no es algo
común, se tenía la seguridad, de que no era necesaria ninguna escritura
pública, ni identificación fiscal alguna, ya que se trataba de un
instrumento privado, que serviría para justificar el ingreso de la
transferencia, que era lo que imperiosamente se necesitaba acreditar”,
dice el texto.
La denuncia penal sostiene que “resulta más que evidente que el Juez
Canicoba Corral no quiso investigar cómo se debía al escribano Arribas,
ya que sólo se tuvieron en cuenta sus manifestaciones, la fotocopia de
un recibo que acompaña a la causa, y el informe del Banco Central, sin
pedir ninguna documentación a Brasil, y tampoco al banco suizo que intervino, Por eso, queremos hacer algunas consideraciones, que
muestran que el Escribano Arribas no dijo la verdad, dando algunos
elementos que muestran la utilización de un documento falso, para que la
investigación se terminara”.
“Creemos firmemente que el establecimiento de la autenticidad o no
del documento es clave para demostrar la conducta del actual director de
la Agencia Federal de Inteligencia. El Escribano Arribas, además de ser
íntimo amigo del Presidente de la Nación, y por las actividades que
desarrolla esa agencia, no puede estar en manos de alguien que haya
mostrado un comportamiento irregular y delictivo”,
sostienen los denunciantes.
“Resulta inadmisible que alguien que ocupa un cargo de significativa
importancia dentro de la estructura del Poder Ejecutivo, mienta, utilice
documentos no genuinos para encubrir una operación que no puede
justificar, que la Oficina Anticorrupción haya consentido el archivo de
la investigación, sin siquiera requerir elementos mínimos, como ser la
exhibición del documento original, para una eventual verificación de su
autenticidad. Pareciera que en este caso ha existido una concertación de
complicidades, para proteger al Escribano Arribas, y evitar que pueda
ser imputado penalmente”.
Fotocopias como pruebas judiciales
Arribas no contó con la persistencia del senador Solanas y su asesor
Olmos, quienes consiguieron la ficha biométrica del supuesto comprador
de muebles, Atila Reys Silva, enviada por la Secretaría de Seguranca
Pública de Goias, documento que aportaron como prueba en la Justicia.
Allí se ve con claridad que la firma de Reys Silva en la ficha
biométrica es muy diferente a la que figura en el recibo de compra de
los muebles.
Pero éste no es el único hallazgo que le quita credibilidad a la
documentación presentada por Arribas en la causa, y también legitimidad
al origen de los fondos de la única transferencia reconocida en la
causa. El recibo firmado por Reys Silva en San Pablo está fechado el 17
de enero de 2017, y la certificación notarial simple de las firmas fue
realizado en el Cartorio (escribanía) número 6 de Belo Horizonte, a 586
kilómetros de la ciudad San Pablo, donde se realizó la supuesta
operación de compra venta de esos muebles.
O sea, Arribas y Reys Silva
deberían haber viajado más de 500 kilómetros sólo para certificar la
firma de una compra de muebles. A su vez, la certificación de la
fotocopia no se hizo el Cartorio (escribanía) 6 de Belo Horizonte, sino
que se realizó el 30 de enero de 2017 en otra escribanía, en el Cartorio
No 2.
Otro de los elementos extraños de esa operación es la fecha. Los
muebles fueron comprados en 2013 pero el recibo se emitió cuatro años
después. A esto se le suma que el recibo lo extendió Reys Silva, quien
aduce haber pagado esos 70.500 dólares por “dos muebles que integran el
inmueble de la calle Diego Jacome” y no el vendedor, como es habitual en
cualquier transacción comercial.

A todo esto, Arribas presentó una fotocopia autenticada del recibo y
no el original, lo que originó la duda sobre la veracidad de la firma
que figura en el documento, prueba central del sobreseimiento del
funcionario. Entendiendo que Arribas es escribano, claro está que le fue fácil falsear la documentación.
A su vez, en el SERASA, un registro similar al Veraz argentino, Atila
Reys Silva tiene documentos protestados por sumas pequeñas, (1.250
reales y 420 reales), lo que da cuenta de que su capacidad económica es,
por lo menos, limitada. Este elemento también pone en duda que pueda
haber dispuesto de 70.500 dólares para comprarle dos muebles Arribas.
Por último, otro de los cabos sueltos es la falta de constancia
electrónica de la transferencia hecha por Meirelles a la cuenta de
Arribas en Suiza, ya que en el recibo, Reys Silva declara que la compra
de los muebles fue hecha en efectivo y en dólares americanos, y en
ningún momento da cuenta de una transferencia realizada a través de
Meirelles, el doleiro o cambista clandestino de divisas.
En la denuncia penal contra Arribas se solicita citar al comprador de
los muebles y también los escribanos certificantes. También se pide
realizar una pericia scopométrica, para establecer la autenticidad del
documento que los denunciantes impugnan como falso. Es que el artículo
296 del Código Penal de la Nación equipara la pena del delito
de utilización del documento falso con la falsificación misma, por lo
que Arribas quedará imputado penalmente por utilización de falso
documento, en una causa nueva y no en la que ya fue sobreseído por la
justicia argentina.
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