El Ejecutivo aclaró este lunes que la doble indemnización por despido no se aplicará a los trabajadores del sector público. La resolución se da luego del reclamo del beneficio por parte de los jerárquicos de la administración anterior.

Así lo precisó a través del decreto 156 publicado hoy en el Boletín Oficial. La doble indemnización fue restituida mediante el decreto 34/2019 “para atender la situación de vulnerabilidad de los sectores más desprotegidos y, al mismo tiempo, evitar que se acreciente el nivel de desprotección de los trabajadores y trabajadoras formales (...)”.

La medida, según el Gobierno, “se aludió a la dinámica del empleo asalariado registrado privado”, al tiempo que advirtió, en los considerandos de la nueva normativa, “una interpretación que condujera a extender los alcances del referido decreto al ámbito del sector público nacional estaría desprovista de toda razonabilidad y, a la vez, implicaría un palmario apartamiento de la letra y el espíritu de la norma”.

“No obstante ello,- se lee en el documento - resulta necesario aclarar el alcance de esta última, en lo referido al universo de las trabajadoras o trabajadores alcanzados, a fin de evitar eventuales distorsiones en la recta aplicación de aquélla”.

De esta forma, se aclara que la norma no abarca a los empleados de la administración pública puesto “que ha tomado estado público la situación que se ha suscitado en el ámbito de distintos organismos y entidades del Sector Público Nacional, en los que altos directivos con responsabilidades jerárquicas pretenden encontrarse abarcados por las previsiones de la norma”.    

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