El Ejecutivo aclaró este lunes que la doble indemnización por
despido no se aplicará a los trabajadores del sector público. La
resolución se da luego del reclamo del beneficio por parte de los
jerárquicos de la administración anterior.
Así lo precisó a través del decreto 156 publicado hoy en el Boletín
Oficial. La doble indemnización fue restituida mediante el decreto
34/2019 “para atender la situación de vulnerabilidad de los sectores más
desprotegidos y, al mismo tiempo, evitar que se acreciente el nivel de
desprotección de los trabajadores y trabajadoras formales (...)”.
La medida, según el Gobierno, “se aludió a la dinámica del empleo
asalariado registrado privado”, al tiempo que advirtió, en los
considerandos de la nueva normativa, “una interpretación que condujera a
extender los alcances del referido decreto al ámbito del sector público
nacional estaría desprovista de toda razonabilidad y, a la vez,
implicaría un palmario apartamiento de la letra y el espíritu de la
norma”.
“No obstante ello,- se lee en el documento - resulta necesario aclarar
el alcance de esta última, en lo referido al universo de las
trabajadoras o trabajadores alcanzados, a fin de evitar eventuales
distorsiones en la recta aplicación de aquélla”.
De esta forma, se aclara que la norma no abarca a los empleados de la
administración pública puesto “que ha tomado estado público la situación
que se ha suscitado en el ámbito de distintos organismos y entidades
del Sector Público Nacional, en los que altos directivos con
responsabilidades jerárquicas pretenden encontrarse abarcados por las
previsiones de la norma”.
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