El Gobierno derogó la cesión de bienes que Macri le hizo a la Ciudad, específicamente, a Larreta para "sus" negociados inmobiliarios.
Macri, cerca del final de su mandato, había hecho un traspaso de 31 escrituras al gobierno porteño.
A
través del decreto 145/2020 que se publicó este lunes en el Boletín
Oficial, y en medio de rispideces por la coparticipación porteña, el
Gobierno nacional dejó sin efecto una cesión de bienes que la administración macrista le había otorgado a la Ciudad, y solicitó revisar la legalidad de dichos traspasos.
Según
la resolución que había firmado Macri, firmado un día después
de las elecciones nacionales, al derogarse el inciso 2 3 del artículo 8°
del Decreto 1382/12, “por el cual se facultó a la Agencia de
Administración de Bienes del Estado
(AABE) a ‘dar en pago’ los bienes inmuebles desafectados del uso,
declarados innecesarios y/o sin destino, a fin de cancelar deudas y/o
afrontar compromisos de asistencia económico financiera y/o extinguir
cualquier otra obligación de carácter pecuniario que haya asumido el
Estado Nacional, en el marco de convenios, contratos, actas o acuerdos
celebrados con las Provincias y/o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
El nuevo decreto especifica que el inciso derogado “desnaturaliza la función asignada a la AABE e implica un desprendimiento de activos insustituibles que pertenecen al Estado Nacional”,
además de privar de la posibilidad de “obtener ofertas económicas
superiores a la tasación oficial, lo que resulta asimismo desaconsejable
desde el punto de vista financiero”.
Por otro lado el Poder Ejecutivo Nacional argumentó que la cesión de bienes a la Ciudad
“hace inferir que la urgencia en el dictado de la norma que se critica
estaba dada para concretar las operaciones realizadas a favor” del
distrito que conduce Horacio Rodríguez Larreta “y no en mejorar el
ejercicio de las atribuciones de la Agencia de Administración de Bienes
del Estado en favor del interés público o en pos de cualquier otro fin
que no sea de favorecer discrecionalmente a una sola jurisdicción”.
Por último instruyó a la Administreción de Bienes del Estado
a “revisar en un plazo no mayor a sesenta días, la legalidad de los
procesos que derivaron en la disposición, cesión, enajenación,
transferencia, desafectación, asignación en uso o dación en pago, de
inmuebles del Estado Nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a
través de cualquiera de sus organismos, entidades, sociedades del estado
o con participación estatal mayoritaria, desde el 10 de diciembre de
2015 hasta el 10 de diciembre de 2019, a fin de que en caso de
detectarse vicios que puedan implicar su nulidad así como eventuales
hechos o actos ilícitos, se proceda a deslindar las correspondientes
responsabilidades administrativas, civiles y/o penales”.
0 Comentarios