El Gobierno derogó la cesión de bienes que Macri le hizo a la Ciudad, específicamente, a Larreta para "sus" negociados inmobiliarios.

Macri, cerca del final de su mandato, había hecho un traspaso de 31 escrituras al gobierno porteño.

A través del decreto 145/2020 que se publicó este lunes en el Boletín Oficial, y en medio de rispideces por la coparticipación porteña, el Gobierno nacional dejó sin efecto una cesión de bienes que la administración macrista le había otorgado a la Ciudad, y solicitó revisar la legalidad de dichos traspasos.

Según la resolución que había firmado Macri, firmado un día después de las elecciones nacionales, al derogarse el inciso 2 3 del artículo 8° del Decreto 1382/12, “por el cual se facultó a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) a ‘dar en pago’ los bienes inmuebles desafectados del uso, declarados innecesarios y/o sin destino, a fin de cancelar deudas y/o afrontar compromisos de asistencia económico financiera y/o extinguir cualquier otra obligación de carácter pecuniario que haya asumido el Estado Nacional, en el marco de convenios, contratos, actas o acuerdos celebrados con las Provincias y/o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

El nuevo decreto especifica que el inciso derogado “desnaturaliza la función asignada a la AABE e implica un desprendimiento de activos insustituibles que pertenecen al Estado Nacional”, además de privar de la posibilidad de “obtener ofertas económicas superiores a la tasación oficial, lo que resulta asimismo desaconsejable desde el punto de vista financiero”.

Por otro lado el Poder Ejecutivo Nacional argumentó que la cesión de bienes a la Ciudad “hace inferir que la urgencia en el dictado de la norma que se critica estaba dada para concretar las operaciones realizadas a favor” del distrito que conduce Horacio Rodríguez Larreta “y no en mejorar el ejercicio de las atribuciones de la Agencia de Administración de Bienes del Estado en favor del interés público o en pos de cualquier otro fin que no sea de favorecer discrecionalmente a una sola jurisdicción”.

Por último instruyó a la Administreción de Bienes del Estado a “revisar en un plazo no mayor a sesenta días, la legalidad de los procesos que derivaron en la disposición, cesión, enajenación, transferencia, desafectación, asignación en uso o dación en pago, de inmuebles del Estado Nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de cualquiera de sus organismos, entidades, sociedades del estado o con participación estatal mayoritaria, desde el 10 de diciembre de 2015 hasta el 10 de diciembre de 2019, a fin de que en caso de detectarse vicios que puedan implicar su nulidad así como eventuales hechos o actos ilícitos, se proceda a deslindar las correspondientes responsabilidades administrativas, civiles y/o penales”.

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