Así lo indica una resolución de la ANAC. Los vuelos están restringidos en el marco de la cuarentena para evitar el avance del coronavirus.
Las líneas aéreas podrán reprogramar sus vuelos
regulares y comenzar a comercializar sus servicios a partir del 1 de
septiembre próximo, según una resolución emitida hoy por la
Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
Autorizan a las líneas aéreas que operan servicios de transporte aéreo
de pasajeros desde, hacia o dentro del territorio nacional a "comercializar pasajes con fecha de inicio de operaciones a partir del 1° de septiembre de 2020”.
Aclara que “la reprogramación de operaciones y las
autorizaciones estarán supeditadas al efectivo levantamiento de las
restricciones impuestas al transporte aerocomercial y a las modalidades
de operación que oportunamente se pudieren establecer en función de la
salida ordenada de la emergencia generada por el Coronavirus Covid-19”.
En los considerandos de la medida, sostinen que la ANAC estableció en el marco de la emergencia sanitaria generada por el Covid-19 que las líneas aéreas solo podían comercializar servicios de transporte "en la medida en que se encuentren formalmente autorizados por ese organismo".
Y
que, además, se habían suspendido los servicios de transporte
aerocomercial de pasajeros dentro del territorio nacional mientras
permaneciera vigente la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”.
Aduce la resolución que “la
situación sin precedentes provocada por el nuevo coronavirus no permite
certezas respecto de la finalización de la medida de aislamiento
social, preventivo y obligatorio, que atenta contra el transporte
aerocomercial de pasajeros, cabiendo presuponer que la salida de la
misma deberá respetar las restricciones sanitarias que oportunamente se
establezcan”.
Alega también, que “durante la
vigencia de las restricciones dictadas para operaciones aerocomerciales
en virtud de la emergencia sanitaria ocasionada por el nuevo coronavirus
Covid-19 únicamente podrán operarse los vuelos por excepción
autorizados” por la ANAC.
Es por ello que “se ha
entendido razonable fijar el día 1° de septiembre de 2020 a los efectos
de reprogramar las operaciones regulares o solicitar autorizaciones
para operaciones no regulares de transporte aéreo de pasajeros
supeditadas al efectivo levantamiento de las restricciones impuestas al
transporte aerocomercial y a las modalidades de operación que
oportunamente se pudieren establecer".
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