Nuevo requisito: cómo es la declaración jurada para comprar dólares.
Desde el 1º de junio, para adquirir hasta 200 dólares al tipo de cambio "solidario" deberá declarar que no haya comprado en otros mercados legales.
A partir de este lunes las personas que quieran comprar los 200 dólares mensuales que están permitidos por el Banco Central deberán firmar una declaración jurada para dejar constancia de no haber operado en contado con liquidación o MEP.
La comunicación "A" 7030 que
dictó el organismo marca que las personas humanas que quieran acceder
al cupo de moneda extranjera permitido por mes, tendrá que presentar una
declaración jurada, algo que antes hacían las personas jurídicas.
El
trámite no es para nada engorroso y se puede realizar a través del home
banking de la entidad bancaria del que uno es cliente. Cuando
se hace la operación de compra clásica automáticamente, y antes de
terminar la transacción, se despliega la declaración jurada y sólo con
un click en 'Aceptar' o ' Confirmar' se da consentimiento en el
documento.
De esta manera los ahorristas dejarán constancia de que "en
el día en que solicita el acceso al mercado y en los 90 días corridos
anteriores no ha concertado ventas de títulos valores con liquidación en
moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades
depositarias del exterior".
También se deberá comprometer a no concretar ese tipo de operaciones "por los 90 días corridos subsiguientes".
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