Podrían introducirse modificaciones al proyecto que obtuvo media sanción de Diputados por lo que, de ser así, debería volver a la Cámara Baja y se demoraría su sanción. Las claves de la iniciativa.
El Senado abrirá este jueves el debate en comisión de la ley de teletrabajo, con una audiencia en la que expondrán el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, y representantes de la CGT y la CTA.
La iniciativa, que obtuvo un fuerte aval en su paso por la Cámara de Diputados, establece los derechos que tendrán los trabajadores y las obligaciones de los empresarios en esta modalidad de empleo que se incorporará a cada convenio colectivo de trabajo.
La
normativa comenzará a ser discutida a las 11 en la reunión de la
comisión de Trabajo y Previsión Social, que conduce el senador por La
Pampa Daniel Lovera, en la que no se descarta incluir modificaciones al texto aprobado por la Cámara de Diputados el 25 de junio pasado.
La votación en la Cámara baja evidenció diferencias dentro del interbloque de Juntos por el Cambio, por lo que se prevé un arduo debate en el seno de la comisión del Senado.
Si el
proyecto llegado de la Cámara baja recibiera modificaciones, la
propuesta deberá volver a Diputados para una nueva revisión lo que
demoraría su sanción.
En esa instancia, los legisladores tendrán que optar por la versión original o por la que le envíen los senadores.
Fuentes del oficialismo aseguraron que la
idea es que la Cámara alta convierta el proyecto en ley para que entre
en vigencia inmediatamente, pero las discrepancias en algunos puntos
hicieron que en las últimas horas se contemplara la posibilidad de
añadir correcciones.
En la Cámara de Diputados, el
proyecto obtuvo el respaldo de 214 legisladores del Frente de Todos, el
Movimiento Popular Neuquino, Juntos por el Cambio, el Interbloque
Federal y el Interbloque Unidad Federal para el Desarrollo.
En
tanto, 29 diputados decidieron abstenerse en la votación: 21 del PRO,
tres de la Coalición Cívica, la izquierda, algunos de Consenso Federal y
un macrista votó en contra.
El proyecto de ley
establece presupuestos mínimos para el trabajo a distancia, el derecho a
la desconexión, a tener una jornada determinada, y el carácter
voluntario de esta modalidad de empleo a distancia.
Entre
otros aspectos, se considera "teletrabajo" a la tarea que se realiza en
forma parcial o total en el domicilio o en lugares distintos al
establecimiento de la empresa.
El proyecto establece
presupuestos mínimos que deben cumplir trabajadores y empleadores y
deriva aspectos puntales a los convenios colectivos.
Los
teletrabajadores tendrán los mismos derechos -salarios, licencias y
vacaciones- que aquellos que lo hacen en forma presencial.
Las claves de la iniciativa:
*
Se considera al teletrabajo cuando la tarea se realiza en forma parcial
o total en el domicilio, o en lugares distintos al establecimiento de
la empresa.
* Los teletrabajadores tendrán los mismos derechos
-salarios, licencias y vacaciones-que aquellos que lo hacen en forma
presencial.
* La ley comenzará a regir tres meses después de
finalizado el período de aislamiento social preventivo y obligatorio
dispuesto por el Gobierno. Esto motivó el rechazo de los bloques de
izquierda.
* El "teletrabajador" tendrá derecho a no ser
contactado y a desconectarse de los dispositivos digitales y/o
tecnologías de la información y comunicación fuera de su jornada laboral
y durante los períodos de licencias. No podrá ser sancionado por hacer
uso de este derecho.
* La jornada laboral deberá ser pactada
previamente por escrito en el contrato de trabajo, tanto en lo que
respecta a lo convenido por hora como por objetivos.
* Los
trabajadores que acrediten tener a su cargo menores de 13 años, personas
discapacitadas y adultos mayores tendrán derecho a horarios compatibles
con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir la jornada.
*
El consentimiento prestado por la persona que trabaja en una posición
presencial para pasar a la modalidad de teletrabajo, podrá ser revocado
por el trabajador en cualquier momento de la relación. La negativa del
empleador dará derecho al "teletrabajador" a considerarse en situación
de despido o accionar para el restablecimiento de las condiciones
modificadas.
* En los contratos que se pacte la modalidad de
teletrabajo al inicio de la relación, el eventual cambio a la modalidad
presencial operará conforme las pautas que se establezcan en la
negociación colectiva.
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