Alrededor del 20% del valor de la renta, como mínimo, se destina a tributos y gastos de inmobiliaria. El piso de Ingresos Brutos varía según la jurisdicción. En esta nota todos los detalles.

El blanqueo de los contratos de alquiler generó una fuerte resistencia entre los propietarios e inmobiliarias, mientras el Gobierno exige que se registren todas las locaciones para evitar la evasión de impuestos así como cumplir con la obligación de otorgar una factura al inquilino que necesita deducir Ganancias, tal como fue reglamentado por la AFIP a inicio de 2017.

Pero ¿por qué genera tanta resistencia entre los propietarios registrar ante la AFIP un contrato? No solo prima la negativa de informar al Estado qué destino se le da a un bien que es privado sino que, de acuerdo a la renta, hay que tributar Ingresos Brutos, lo que lleva aparejado varios otros costos.

La alícuota de Ingresos Brutos varía de acuerdo a cada jurisdicción. En esta nota tomaremos como ejemplo lo que ocurre en la provincia de Buenos Aires y en Capital Federal, que tienen además distintos mínimos no imponibles a partir del cual hay que pagar el impuesto.

En la Ciudad, existe la siguiente excepción: un propietario no debe tributar este 2021 Ingresos Brutos si tiene hasta dos alquileres menores a $30.000 cada uno. Si tiene un tercer alquiler superior a 30.000, debe abonar el 1,5% por Ingresos Brutos. Ahora, si tiene 3 o más alquileres menores a $30.000 sí debe pagar el 1,5% del gravamen por cada contrato.

Esto es, no solo confuso sino que tramposo, dado a que semestralmente se in crementan por la fuerte inflación existente, entonces, a los seis meses la operación queda registrada en el rango de tributar absolutamente todos los impuestos.

Los únicos perjudicados serán los inquilinos, dado a que ese 20 % tendrán que asumirlo, con lo cual un alquiler de $25000 puede llegar a $ 45.000. Otro error garrafal de la AFIP, al gravar impositivamente bienes que no producen. 

 

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