Los salarios de junio ya incorporaron los cambios a la Ley de impuesto a las Ganancias que exime a quienes cobran hasta $150.000 de salario bruto del pago del tributo. 

Desde este mes empezaron a regir los cambios en el Impuesto a las Ganancias para personas físicas surgidos de la modificación de la Ley reglamentada a mediados del mes pasado. La norma, que busca evitar que aquellos empleados con sueldos brutos de hasta $150.000 mensuales queden exentos del tributo, Se modificó completamente la forma en que se calcula el impuesto. Entre los principales cambios, además del nuevo piso a partir del cual se paga el impuesto, se incluye un alivio para quienes cobran entre $150.001 y $173.000 de salario mensual de manera de ablandar el salto para quienes quedan sujetos al pago. Y también un cálculo de ingresos brutos promedio mensuales para morigerar el efecto de los aumentos graduales de sueldo en la carga tributaria.

Con esos, y varios otros, cambios en la forma en que se estiman las retenciones al Impuesto a las Ganancias los contadores y empresas tuvieron que transformar completamente la forma en que liquidan los sueldos. Y los empleados pueden tener dificultades para saber cuál va a ser su salario de bolsillo cada mes.

 Sin embargo, es posible hacer estimaciones relativamente precisas respecto de cuánto va a cobrar cada trabajador de acuerdo a su salario bruto y cuánto va a pagar de Ganancias en el año.

Las claves, además de las deducciones habituales como hijos a cargo y estado civil, están en el salario bruto y en el promedio de salarios brutos que se cobraron en el año. El impuesto toma el menor de los dos valores -último sueldo y sueldo promedio- para establecer cuál es la base imponible a partir de la cual se calcula el impuesto y se empiezan a aplicar el resto de las deducciones.

Esta nueva forma de aplicar Ganancias empezó a pesar sobre los salarios de junio, que se pagaron entre fines del mes pasado y principios de este. Y rigen para todos los siguientes, aunque el piso de $150.000 podría volver a ser modificado en septiembre para evitar que los aumentos que van obteniendo los trabajadores empujen a más personas a pagar el impuesto.

Como el impuesto es anual y depende, en parte, del acumulado que se va reteniendo a lo largo del año y cada caso puede varias. Con lo cual los números son orientativos. En particular, pueden aparecer diferencias relevantes en el caso de que un empleado experimente variaciones significativas de sus ingresos, con subas y bajas a lo largo del año.

Otro punto importante a tener en cuenta que puede hacer aún mayor al salario de bolsillo se relaciona con que durante cinco meses, de julio a noviembre, los empleadores deberán devolver en cinco pagos las retenciones que ya hicieron entre enero y mayo a sus empleados, tal como estableció el Gobierno. Esta devolución aplica para quienes, tras los cambios en Ganancias, hayan quedado por debajo del piso a partir del cual se tributa o hayan sufrido retenciones mayores a las que corresponden con el nuevo texto de la normativa. Esto es porque los cambios son retroactivos a enero.

En el caso de aquellos que cobran entre $151.001 y $173.000 de salario mensual bruto, mientras tanto, se toma también la menor de las dos cifras -sueldo del mes y promedio del año- y según corresponda se lo exime del tributo o se le aplica una deducción especial. Por ejemplo, se puede dar el caso de una persona que cobra en el mes más de $150.000 pero promedia menos que esa cifra en el año, con lo cual queda exento.

 

 

 

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