Dólar ahorro: ya puede pedirse la devolución del 35% que retuvo AFIP en 2021.

Tal como lo prevé la resolución de AFIP, se trata de devoluciones por compra de dólares en bancos o por consumos con tarjeta en moneda extranjera.

Desde este lunes ya se pueden solicitar las devoluciones de las percepciones del 35% realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, tal como lo tiene previsto la Resolución General 4815 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Estas percepciones son las que se practican por la compra de dólar ahorro, compras con tarjetas de crédito y compra en moneda extranjera que se pague en pesos, adquisición de servicios en el exterior a través de agencias de turismo, adquisición de pasajes al exterior, entre otras operaciones.

¿Quiénes pueden solicitar la devolución?

Los sujetos a quienes se les hubieran practicado las percepciones, que no sean contribuyentes del impuesto a las ganancias o, en su caso, del impuesto sobre los bienes personales, y que, consecuentemente, se encuentren imposibilitados de computar las percepciones, podrán solicitar la devolución del gravamen percibido una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción, en la forma y condiciones detalladas en la resolución.

Requisitos para pedir la devolución del impuesto por compra de dólar ahorro

  • Con carácter previo a efectuar la solicitud de devolución, los interesados deberán:
  • Contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) *
  • Contar con “Clave Fiscal”
  • Informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU).

Cómo pedir la devolución del 35% en la compra de dólar ahorro

  • En la página web de la AFIP se encuentra disponible la devolución del 35% del impuesto en la compra de dólar ahorro para las personas que no están alcanzadas ni por el impuesto a las Ganancias ni por Bienes Personales.
  • El trámite se realiza a través de la web de la AFIP y está habilitado tanto para los monotributistas como para los trabajadores en relación de dependencia.
  • La percepción no solo se aplica sobre la compra de dólar para atesorar, sino que también sobre los gastos con tarjeta en moneda extranjera. Es por eso que servicios como Netflix o Spotify están alcanzados y sobre ellos se puede pedir la devolución de la retención en caso de que corresponda.
  • La devolución del 35% corresponde al recargo que se aplica sobre las compras de dólar ahorro o los gastos abonados en moneda extranjeras con tarjeta.
  • Esto incluye no solo a las compras realizadas en el exterior, sino también a pagos de abonos o servicios en dólares, como son el caso de Netflix o Spotify, y gastos en pasajes para viajar fuera del país, entre otros.

Qué se necesita para hacer el trámite

  • Contar con CUIT y Clave Fiscal.
  • Informar a la AFIP la CBU de la cuenta bancaria, a través del servicio con Clave Fiscal "Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social".
  • Contar, previamente, con la cancelación de deudas y/o regularización de las inconsistencias, para después poder acreditarse lo percibido.
  • Contar con Domicilio Fiscal Electrónico.
  • Si el contribuyente cuenta con CUIT y Clave Fiscal NO deberá concurrir a una Dependencia AFIP - DGI, con lo cual el trámite lo podrá realizar directamente desde la web.
  • De lo contrario, será obligatorio concurrir a una dependencia con TURNO WEB solicitado oportunamente.

 

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